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Defensa de monitorios y reclamaciones de cuotas
Qué hacer si te reclaman cuotas de mantenimiento de una multipropiedad.
Defensa frente a monitorios de cuotas
Cuando dejas de pagar la cuota de mantenimiento, lo habitual es que el complejo la reclame judicialmente. El monitorio es el procedimiento más usado porque es rápido y barato para quien reclama.
Cómo actuar
- Localiza la fecha exacta en que recibiste el requerimiento.
- No dejes correr el plazo: contáctanos cuanto antes.
- Reúne contrato, recibos y comunicaciones.
- Estudiaremos si conviene oponerse, negociar o desvincularte para evitar reclamaciones futuras.
Lo que revisamos
- Legitimación de quien reclama.
- Importes, conceptos e intereses.
- Posible prescripción de parte de la deuda.
- Defectos en el requerimiento o en el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Qué plazo tengo para oponerme a un monitorio?
Veinte días hábiles desde el requerimiento de pago (artículo 815 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Es improrrogable.
¿Quién puede reclamarme las cuotas?
Normalmente el complejo, la comunidad o la gestora que administra el régimen, no la comercializadora que te vendió la semana. Hay que comprobar que quien reclama esté legitimado.
¿Puedo oponerme si reconozco que debo parte de la deuda?
Sí. Se puede impugnar la cuantía, los conceptos, los intereses o partes prescritas. Cada caso se estudia.
Ya me han embargado, ¿qué hago?
Actúa cuanto antes. Puede haber opciones si hubo defectos en la notificación o en la ejecución.
Cuéntanos tu caso
Te respondemos sin compromiso y te explicamos qué opciones reales tienes con tu multipropiedad.